AYUDAS PARA AUTÓNOMOS Y MUTUALISTAS A PARTIR DE MAÑANA 1 DE JULIO

A partir de mañana miércoles 1 de julio y hasta el 30 del mismo mes se podrá solicitar la nueva ayuda de 286,15 euros convocada Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para autónomos y profesionales acogidos a mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

Esta iniciativa es denominada ‘Línea Reactivä Autónomos’ y se incluye en el Plan ReActivä 2020 del Gobierno Regional.

¿En qué consiste?

Prestación económica única para aquellos autónomos y mutualistas que acrediten en el mes natural anterior a la solicitud, es decir, en junio, una disminución de su facturación superior al 40 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Esta acreditación puede aportarse en un plazo de hasta tres meses desde la notificación de concesión de la ayuda.

¿Cómo formalizar la solicitud?

Durante el mes de plazo para pedir la ayuda, los interesados deberán formalizar su solicitud exclusivamente por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Comunidad (sede.carm.es), concretamente en el procedimiento número 3385.

Requisitos de la convocatoria

Descenso de más del 40 por ciento de los ingresos

Que los beneficiarios estén afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar o acogidos a mutualidades alternativas a la Seguridad Social en el momento de presentación de la solicitud y que lo estuvieran también cuando se declaró el estado de alarma (14 de marzo de 2020).

Esta ayuda es incompatible con la prestación extraordinaria del Gobierno central por cese de actividad de autónomos o con caída de ingresos de más del 75 por ciento.

Sólo se podrá presentar una solicitud por persona, y se requerirá que los beneficiarios mantengan el alta como autónomos o mutualistas durante un periodo mínimo de tres meses a contar desde la solicitud de la subvención.

Dudas e información:

Teléfonos 968 375395 y 968 365185 en horario de 9:00 a 14:00 horas.

Correo electrónico:  autonomos.covid19@carm.es, donde los ciudadanos podrán dejar su número de teléfono para que los técnicos de la Consejería contacten con ellos.

¿Cómo saber si me han concedido la ayuda?

Las resoluciones estimatorias y desestimatorias se notificarán en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria en el BORM, mediante publicación en la web de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo y también en la web del SEF.

Un aspecto a tener en cuenta es que trabajadores autónomos de cooperativas o de sociedades limitadas también tienen derecho a la ayuda, pero deben justificar la caída de ingresos de más del 40 por ciento en su condición de autónomos, y no teniendo en cuenta los ingresos de la cooperativa o la sociedad limitada. Ello se debe a que este apoyo va dirigido a los autónomos, y no a las sociedades.

Descarga el Extracto de la Orden de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades por la que se convocan subvenciones para el ejercicio 2020 dirigidas a trabajadores autónomos para paliar las pérdidas económicas ocasionadas por el COVID19

Documento

Extracto convocatoria subvenciones autónomos_COVID19.pdf